Esta semana Basilea publicó su 13° Reporte sobre la adopción del marco regulatorio conocido como Basilea III, en el que incluyó los avances respecto del Coeficiente de Financiación Estable Neta (Net Stable Funding Ratio o NSFR) el cual afectará los precios internacionales en el mercado de derivados, y por esta vía las operaciones de las mesas de posición propia o generación de los bancos, incluso a pesar de la regulación local que puede demorarse en el reconocimiento o adopción del estándar de Basilea. Y esto a partir del 1 de enero de 2018. A 60 días de su implementación, ¿Están preparados los bancos para el nuevo estándar?
El Coeficiente de Financiación Estable Neta (NSFR)
Basilea publicó el estándar final del NSFR en octubre de 2014. Y de conformidad con el cronograma de implementación, el mismo entrará en vigencia el primer día del próximo año.
El estándar NSFR reconoce las operaciones fuera del balance para el cálculo de los requerimientos de liquidez de la entidad. El propósito es que los Bancos tengan una financiación estable en relación con la composición de sus activos y actividades fuera de balance. Es decir, una estructura de financiación que sea sostenible con el conjunto de operaciones de las entidades, no solo con las operaciones del balance. Recordemos que las operaciones de derivados son operaciones que están fuera del balance, lo que estimuló a las entidades a operar en esos mercados con el fin de evitar las cargas de crédito que tenían por regulación con la cartera y las inversiones. Y esto llevó a que el tamaño de las operaciones de derivados llegara a niveles de varias veces el tamaño de la economía global.
Con la implementación del estándar NSFR, los Bancos tendrán una mayor estabilidad en sus fuentes de financiación, para poder cumplir satisfactoriamente con todas sus obligaciones, incluyendo aquellas que no eran registradas en sus balances. Con ello, las autoridades mitigan el riesgo de quiebra de las entidades y disminuyen la probabilidad de un riesgo sistémico en los mercados financieros bajo su jurisdicción. Según el mismo Basilea, “el NSFR limita la excesiva dependencia de la financiación mayorista a corto plazo, alienta la mejor evaluación del riesgo de financiación para todas las partidas dentro y fuera de balance y fomenta la financiación estable”.
En relación con las operaciones de derivados, el estándar NSFR establece que para determinar el monto de los pasivos de dichas operaciones se toma el costo de reposición (a precios de mercado) para las operaciones que tengan un valor negativo (si el valor es positivo no habría obligación). Del mismo modo, después de muchos comentarios de la industria, reconoce que la existencia de los contratos de neteo bilateral (CSA locales), disminuye el monto de exposición y por lo mismo el costo de reposición será el coste de reposición neto. Así mismo, el colateral en forma de margen de variación (variation margin) se deduce del costo de reposición. Con lo cual se incrementa el interés de los bancos de pactar ese tipo de garantías en sus operaciones de derivados, incluso para aquellas con finalidad de cobertura para el cliente final.
Impacto en los mercados de capitales
Las 20 palabras que definen el alcance del estándar para las operaciones de derivados, tienen un impresionante impacto en los mercados de derivados, sobre todo si se tiene en cuenta que la aplicación del factor del 20% requerido sería sobre operaciones de derivados con un nocional que en muchos casos es varias veces el PIB nominal de los mercados financieros en los que los Bancos deben aplicar dicho estándar.
Algunas estimaciones calculan que la aplicación del estándar genera requerimientos de fondeo estable equivalente a us$850 billones (10x el monto de recursos asignados hoy en día). Por ello, el mismo Basilea reconoció hace un par de semanas que los reguladores locales podrían tener un margen de discreción entre el 20% y el 5% de fondeo estable para cubrir las operaciones de derivados.
La inexistencia de asignaciones de capital a las operaciones fuera del balance, como lo mencionamos, generó un enfoque de las entidades hacia esas operaciones porque resultaban más eficientes en términos del uso de capital. Por supuesto, si la regulación se vuelve exigente, la consecuencia natural es que se desestimulen esas actividades. Y allí el primer afectado será el cliente (end-user), sobre todo para las estructuras de cobertura, pues los costos se incrementaran proporcionalmente, con lo cual las estrategias de cobertura se van a encarecer. Por el lado de los bancos, es natural que las operaciones de market making sufran castigo y por lo mismo también se encarezcan, resintiendo a los mercados de capitales.
¿Cómo afecta esto los mercados de derivados en Latinoamérica?
Los países que hayan desarrollado o estén trabajando en contratos de mitigación del riesgo de crédito de las operaciones de derivados, conocidos como Anexos de Respaldo Crediticio, o CSA Locales, deben considerar los estándares de la industria para permitirles a los bancos locales que dichos contratos puedan ser útiles para mitigar los requerimientos del nuevo estándar.
De otro lado, también hay productos que deberían empezar a ser medidos de una manera diferente para calcular su impacto en la liquidez. Los derivados (o no) al fix por ejemplo, deberían ser revisados precisamente para determinar la forma como afectan la liquidez de las entidades. A la Superintendencia Financiera de Colombia hace poco recuerdo que se le consultó algo sobre el tema.
Finalmente, está la variable de fondeo estable que es lo que está detrás de la existencia del indicador y la necesidad que tienen los Tesoreros de reconocer el impacto de las operaciones de derivados en los costos de liquidez de las entidades. El negocio ya no es el mismo, y por ello, las variables de liquidez son fundamentales a la hora de planear las estrategias y las ventas u ofertas de los productos. Por ejemplo, las mesas de distribución deben considerar con mayor precisión los efectos a largo plazo de estructuras como swaps a más de dos o tres años. Los precios deberían reconocer los costos introducidos bajo el estándar NSFR, incluso a pesar de que esa regulación aún no esté implementada por dos razones: porque las mesas de generación están asumiendo ese costo al cerrar el riesgo con contrapartes internacionales que sí deben cumplir con esa regulación, y porque ese estándar será implementado en algún momento del tiempo en la regulación local, y en ese caso la rentabilidad del derivado podría cambiar.
En últimas, es preciso recordar que el riesgo no es creado por el regulador. El regulador solo espera que ese riesgo sea adecuadamente medido y reconocido en el balance. Por lo mismo, el cálculo del impacto y la planificación a mediano plazo necesariamente deberían considerar el nuevo estándar NSFR.
El diablo está en los detalles, y por lo mismo la regulación seguramente determinará el mayor o menor impacto en las entidades. Como en tantos escenarios, es una oportunidad en doble vía: en la fijación de las reglas a nivel de la regulación, y en la fijación de las reglas a nivel de los CSA locales. Por ello resulta tan importante que la estructura de esos documentos siga el estándar internacional.